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Analista Diluvina Seijas
11/05/2024

6【ERRORES】Contrato FIDUCIA MERACANTIL más comunes y como evitarlos

¿Descubra qué es un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?¿Cuáles son las características principales de un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia? ¿Cómo hacer un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia? Modelo simple y adaptado a la Ley vigente  para descargar en Word y PDF para imprimir.

  1. 1. ¿Qué es un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  2. 2. ¿Cuáles son las características del Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  3. 3. ¿Cómo hacer un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  4. 4. ¿Qué Clases de Contrato de Fiducia Mercantil hay en Colombia?
  5. 5. ¿Cuál es la Diferencia entre Fiducia Civil y Mercantil en Colombia?
  6. 6. ¿Quién debe retener en un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  7. 7. ¿Cuál Diferencia entre Contrato de Fiducia Mercantil y Encargo Fiduciario en Colombia?
  8. 8. ¿Se debe hacer la Transferencia de Dominio a Titulo de Beneficio en el Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  9. 9. ¿Cuáles son los beneficios del Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?
  10. 10. ¿Cuáles son los tipos de Contratos más buscado en Colombia?
  11. 11. ¿Cómo hacer la Disolución, Cancelar o Rescindir su Contrato de Fiducia Mercantil?

La relación fiduciaria puede establecerse por ley o constituirse por contrato o por acto unilateral, con carácter revocable o irrevocable.

El fiduciario debe cuidar que los bienes y derechos objeto del fideicomiso, así como sus frutos, no se comuniquen ni se confundan con los bienes y derechos de su propio patrimonio o de otros bienes bajo su administración, sólo pudiendo disponer de ellos de acuerdo con las condiciones y para los fines establecidos en la ley o previstos en el acto fiduciario.

Antes de firmar cualquier contrato, es necesario que haya una lectura, revisión de todo lo que está escrito, reduciendo así cualquier problema.

Se aconseja que este proceso sea conducido por un profesional.

1. ¿Qué es un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

El Contrato de Fiducia Mercantil es un documento jurídico mediante el cual una persona, llamada  fideicomitente o fiduciante, transmite uno o más bienes a otra llamada fiduciario, quien se responsabiliza a administrarlos o disponer para cumplir con un objetivo determinado por el constituyente, en beneficio de él o de una tercera persona  llamado fideicomisario. 

Entre los deberes del fiduciario están: mantener los bienes y derechos objeto del fideicomiso separados de los propios y de los demás bajo su administración; aplicar los recursos y bienes derivados del fideicomiso de conformidad con lo dispuesto en la ley o acto constitutivo; y rendir cuentas de su gestión, con la periodicidad prevista en la ley o en el acto fiduciario.

2. ¿Cuáles son las características del Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

Entre las características estan las siguientes:

  • Es bilateral, ya que crea obligaciones tanto para el fideicomisario como para el fideicomisario
  • Es oneroso, porque beneficia a ambos, otorgando un título de crédito al vendedor, asegurando al adquirente.
  • Es accesorio, pues depende, para su existencia, de una obligación principal que pretende garantizar.
  • Es formal, porque requiere siempre, para su constitución, instrumento escrito, público o privado.
  • Es indivisible, pues el pago de una o más cuotas de la deuda no implica la correspondiente exoneración de la garantía, aunque comprenda varios bienes, salvo disposición expresa en el título o en la liquidación.
  • La propiedad fiduciaria genera la transferencia de la propiedad al acreedor.

3. ¿Cómo hacer un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

Conforme al artículo 1228 del código de comercio, el contrato de fiducia mercantil se debe establecer a través de una escritura pública que depende del bien traspasado, es obligatorio inscribir o registrar

Por ejemplo, es el caso del contrato de fiducia mercantil de un bien inmueble que debe ser inscrito en el Registro Público.

Cabe destacar que si el contrato no está bien elaborado, en lugar de contribuir, traerá perjuicios a los involucrados. 

Por eso, tenga seguridad a la hora de elegir a la persona que va a realizar este documento.

4. ¿Qué Clases de Contrato de Fiducia Mercantil hay en Colombia?

Según lo estipulado por la Superintendencia Financiera, las actividades fiduciarias se clasifican de la siguiente manera: 

Fiducia de administración: La cual comprende la entrega de parte del fideicomitente a una sociedad fiduciaria algunos bienes para que los administre y elabore la gestión que el fideicomitente señaló en el proceso de formalización, y al cumplimiento del objetivo establecido en el contrato identificandolo de la siguiente manera: 

  • Administración y pagos. 
  • Administración de procesos de titularización.
  • Administración de cartera. 
  • Administración de procesos concursales. 

Fiducia con fin de garantía: Se refiere al traspaso de bienes a una sociedad fiduciaria con el propósito de garantizar sus propias obligaciones o la de terceros. Clasificadas por la Superintendencia Financiera se puede presentar las siguientes modalidades: 

  • Fiducia en garantía propiamente dicha.
  • Fiducia en garantia y fuente de pagos.

Fiducia de inversión: Tiene como finalidad la  inversión o colocación de otro título de cuantía de dinero. Hay de dos tipos de contrato de fiducia de inversión:

  • Fideicomisos de inversión con destinación específica.
  • Administración de inversiones de fondos mutuos de inversión.

Fiducia con medios del sistema de seguridad social y otros asociados: La cual se trata de la entrega de bienes, transmitiendo o no su dominio, a una sociedad fiduciaria para que ésta los administre y desarrolle la actividad asignada por el fideicomitente, esta tiene dos formas: pasivos pensionales y recursos de la seguridad social. 

Fiducia de bienes inmobiliarios: Su objeto  es la administración de los medios y bienes dedicados a planes inmobiliarios, en cuyo caso el propietario del inmueble, localiza a una organización con experiencia en el área para que reciba el bien. 

Hay diferentes tipos de contrato de fiducia inmobiliaria, clasificadas por la Superintendencia Financiera,de la siguiente manera:  

  • Fiducia inmobiliaria de preventas.
  • Fiducia Inmobiliaria de tesorería.
  • Fiducia Inmobiliaria de administración y pagos.

Hay modelos listos de contratos en Internet, pero tenga cuidado porque a veces no se ajustan a sus especificaciones, tenga cuidado con eso. 

5. ¿Cuál es la Diferencia entre Fiducia Civil y Mercantil en Colombia?

La diferencia entre un contrato de fiducia civil y la fiducia mercantil, aun cuando tienen normas parecidas, pero con la diferencia más relevante en el hecho que en el contrato de fiducia civil una parte le encarga a la otra la administración una parte de sus bienes o la totalidad.

Mientras en el contrato de fiducia mercantil, el responsable de la administración no es una persona natural, sino que es obligatorio que sea una persona jurídica como lo es la sociedad fiduciaria como Fiduciaria Bancolombia, Fiduciaria Davivienda, Fiduciaria Bogotá, Alianza Fiduciaria y Fiduciaria la Previsora que están determinadas como las mejores del país.
 
En el contrato de fiducia civil los bienes siguen siendo propiedad del constituyente hasta la fecha en que se realice la condición, a diferencia del mercantil en la que los bienes si salen del capital de quien lo constituyó llegando a plasmar uno nuevo, una vez realizado el contrato, y es lo que se conoce como patrimonio autónomo.

6. ¿Quién debe retener en un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

En el contrato de fiducia mercantil el agente retenedor es la sociedad fiduciaria, es entendido de que dicho contrato la faculta para abonar en cuenta, es decir, para aprobar contablemente responsabilidades a cargo del fideicomiso, obtenidas en ejecución de sus actividades, y para realizar el pago de las mismas.

En estas circunstancias la sociedad fiduciaria deberá proceder a la retención en la fuente en el instante del pago o del abono en cuenta, lo que primero se realice.

Para tener un contrato más completo con esos puntos citados y otros más, es indicado que usted contrate a un especialista en el asunto, sepa que existen empresas online que hacen este trabajo con mucha autoridad.

7. ¿Cuál Diferencia entre Contrato de Fiducia Mercantil y Encargo Fiduciario en Colombia?

Entre Contrato de Fiducia Mercantil y encargo Fiduciario solo hay una diferencia y es que en la fiducia mercantil existe el traspaso de dominio del bien mientras que en el v no está esa posibilidad.   

Ahora en la práctica, hay otra diferencia como es la omisión del encargo fiduciario de dar cumplimiento de las actividades propias de la fiducia, cual es la enajenación del bien con la finalidad de cumplir con el objetivo del contrato fiduciario.

Con respecto al caso del encargo fiduciario, es notorio que la fiduciaria no puede por ningún motivo vender el bien encargado por cuanto su titularidad no le ha sido transferida, aun cuando puede llegar a un acuerdo o participar en la enajenación, pero está se hará frente del fiduciante, quien manifiesta la propiedad jurídica del bien.

8. ¿Se debe hacer la Transferencia de Dominio a Titulo de Beneficio en el Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

Para dar cumplimiento con el objetivo del contrato de fiducia mercantil, es indispensable que haga transferencia de bienes, de parte del fiduciante al fiduciario para que forme un patrimonio autónomo e independiente de su propiedad que va a proceder con el propósito encomendado en el acto de constitución.

Teóricamente se ha mencionado que cuando  la transferencia es total, los bienes salen plenamente del dominio del fiduciante para quedar ubicado totalmente en el patrimonio autónomo administrado por la fiduciaria, además también se considera que si debe ser una transferencia total del dominio tomando en cuenta que el fiduciario tiene toda la disposición sobre los bienes siempre y cuando haya previa autorización anticipada y solo con el fin de dar cumpliento con el objetivo encomendado en el acta de constitución.

Hacer un documento como este, no es tan fácil, debe ser hecho por un profesional o empresa, especializada y actualizada con relación a todas las disposiciones de la ley que ampara las partes. 

9. ¿Cuáles son los beneficios del Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

El contrato de fiducia mercantil se constituye para beneficio de una persona en particular, por lo tanto el artículo 1235 del código de comercio senala que son:

  • Solicitar al fiduciario la responsabilidad del cumplimiento de sus obligaciones.
  • Rechazar los actos anulables por el fiduciario, dentro del periodo de los cinco años a partir del día en que el beneficiario tenga la noticia del acto que da principio al acto, y pedir la restitución de los bienes dados en fideicomiso a quien le pertenece.
  • Negarse ante  toda medida preventiva o de desempeño tomada en contra los bienes entregados en fiducia o por obligaciones que no los perjudican, en caso de que el fiduciario no lo haga.
  • Exigir al Superintendente del Banco por motivo justificado, la destitución del fiduciario y, tomar como medida preventiva, la postulación de un administrador suplente.
  • El beneficiario tiene el interés en la fiducia como también el fiduciante, puesto que se ha constituido para su interés y beneficio.

10. ¿Cuáles son los tipos de Contratos más buscado en Colombia?

Contrato de Compraventa de Inmueble 

Contrato de Prestación de Servicios Tecnológicos

Contrato de Préstamo Mercantil

Contrato Individual de trabajo

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11. ¿Cómo hacer la Disolución, Cancelar o Rescindir su Contrato de Fiducia Mercantil?

La obligación principal puede extinguirse con el pago de la deuda, en cuyo caso se transferirá al vendedor la plena propiedad del bien. Sin embargo, la deuda no se considera vencida sólo con el pago, sino también con las formas, que se transcribe a continuación:

La deuda se considera vencida:

  • Si, por deterioro o depreciación del bien dado en garantía, se desfalca la garantía y el deudor, llamado, no la refuerza o la reemplaza.
  • Si el deudor se declara insolvente o en quiebra;
  • Si las cuotas no son pagadas puntualmente, siempre que el pago esté estipulado en esa forma. En este caso, la recepción posterior de la cuota atrasada implica la renuncia del acreedor a su derecho de ejecución inmediata.
  • Si el bien dado en garantía perece y no es repuesto.
  • Si se expropia el bien dado en garantía, en cuyo caso se depositará la parte del precio que sea necesaria para el pago total del acreedor.

Los bienes fiduciarios se extinguirán de las siguientes formas:

  • Con la extinción de la obligación principal.
  • Al tratarse de un derecho accesorio, la propiedad fiduciaria sigue a la obligación principal, de modo que extinguiéndose el primero, se extinguirá también el segundo.
  • Cabe señalar que conforme al primer inciso del artículo anterior, la deuda se considerará vencida si el bien enajenado en fideicomiso se deteriora y el deudor citado no refuerza o reemplaza la garantía. 
  • También se tendrá por extinguida la propiedad fiduciaria cuando perezca la cosa enajenada; cuando hubiere renuncia del acreedor, en este caso subsistirá el crédito, pero sin la garantía, con la adjudicación judicial, redención, remate o venta judicial, ya que en uno de estos casos la persona que adjudica, redime o adquiere judicialmente pasa a ser propietario pleno del bien.
  • También se considerará extinguida la propiedad fiduciaria en los casos en que exista confusión, es decir, se concentren en una misma persona las calidades de acreedor y de pleno propietario, con la expropiación de la cosa enajenada, en este caso el expropiante debe pagar el precio al acreedor, quien, satisfecho su crédito, debe entregar el saldo, si lo hubiere, al fideicomitente.

Concurrida alguna de las causas anteriores, será indispensable cancelar la inscripción de títulos y documentos, tratándose de bienes inmuebles.

La mayor ventaja de formalizar este contrato está relacionada con la seguridad jurídica para ambas partes. 

Cualquier tipo de incumplimiento financiero, cese de la asociación antes del plazo o cambio en el alcance del trabajo quedan respaldadas con el documento.

 Otros nombres para este documento:

  • Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia.
  • Formato de Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia.
  • Acuerdo de Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia.
  • Minuta de Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia.
  • Adendum de Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia.

Documento válido en los Estados: 

Documento válido en todo el país de Colombia, es decir, en el Distrito Capital y en los Departamentos de:

Amazonas, Antioquia, Arauca, Atlántico, Bogotá, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés y Providencia, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca, Vaupés, Vichada.


Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo podemos definir un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

Es un documento por el cual una persona, llamada fideicomitente o fiduciante, transmite uno o más bienes a otra llamada fiduciario, quien se responsabiliza a administrarlos o disponer para cumplir con un objetivo determinado por el constituyente, en beneficio de él o de una tercera persona llamado fideicomisario.

2. ¿Cuáles son los deberes que hay en el Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

Entre los deberes del fiduciario están: mantener los bienes y derechos objeto del fideicomiso separados de los propios y de los demás bajo su administración; aplicar los recursos y bienes derivados del fideicomiso de conformidad con lo dispuesto en la ley o acto constitutivo; y rendir cuentas de su gestión, con la periodicidad prevista en la ley o en el acto fiduciario.

3. ¿Quién se encarga de retener en un Contrato de Fiducia Mercantil en Colombia?

El agente retenedor es la sociedad fiduciaria, es entendido de que dicho contrato la faculta para abonar en cuenta, es decir, para aprobar contablemente responsabilidades a cargo del fideicomiso, obtenidas en ejecución de sus actividades, y para realizar el pago de las mismas.